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Guía de ayudas a mujeres víctimas de violencia de género

17 de abril de 2021
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Existen varias ayudas a las que se puede acoger si se encuentra con cualquier tipo de maltrato a la mujer.

En este post te contamos las Ayudas del Sistema Público de Empleo, la RAI (Renta Activa de Inseción), una ayuda económica de pago único y otros recursos para mujeres víctimas de violencia de género.

Tipos de ayudas para mujeres víctimas de violencia de género en España

Existen varias clases de ayudas para mujeres maltratadas, bien por violencia de género o por violencia doméstica, la cuantía dependerá de cada situación.

Renta Activa de Inserción para mujeres víctimas de violencia de género – RAI

Las personas víctimas de violencia de género o violencia doméstica que no puedan beneficiarse de ningún subsidio y tengan dificultad para encontrar empleo pueden acogerse a la RAI .

La RAI, está regulada por el Real Decreto 1369/2006, de 24 de noviembre.

Cuantía de la prestación de la RAI

La cuantía de la Renta Activa de Inserción para víctimas de violencia de género o doméstica es del 80% el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples vigente, es decir, el IPREM.

¿Durante cuánto tiempo puedo cobrar la RAI?

La duración de la Renta Activa de Inserción para víctimas de violencia de género o doméstica es de 11 meses. Una vez pasado los 11 meses puede volver a solicitarla dos veces, obteniéndola de esta manera, durante 33 meses en total.

¿Cuándo se cobra la RAI?

La prestación de la RAI se cobra a partir del día siguiente de su resolución.

La administración dispone de 15 días para la resolución de la solicitud.

Requisitos para acceder a la ayuda de la RAI siendo víctima de violencia de género o doméstica

Los requisitos para cobrar la RAI son los siguientes:

  • Acreditación de condición de Víctima de Violencia de Género.
  • No convivir con la persona agresora.
  • Que la renta mensual no supere el 75% del SMI vigente (sin contar pagas extras).
  • Que la renta de la unidad familiar dividida por el número de miembros no sean mayor al 75% del SMI vigente (excluyendo pagas extras). No se tendrán en cuenta los ingresos de la persona agresora, solo la del resto de miembros.
  • No haber recibido la RAI en los últimos tres años

Presentación de solicitud de la RAI

Para solicitarla puede hacerlo en las Oficinas del SEPE, con cita previa, de manera telemática a través de su sede electrónica mediante certificado digital, cl@ve o DNI electrónico.

Documentación necesaria para solicitar la RAI

  • Formulario de solicitud descargado desde el sitio web en cualquier oficina del SEPE.
  • DNI o libro de familia donde aparezcan todos los miembros de la unidad de familiar.
  • Certificado de discapacidad si la unidad de familiar cuenta con menores de 26 años en esta situación.
  • Acreditación de no superar el máximo fijado de rentas. Bastará con presentar la última declaración o la declaración de quedar exento de declaración al no superar el límite fijado para realizarla.
  • Acreditación de condición de víctima de violencia de género; sentencia de delito; resolución judicial que demuestre la situación de víctima de violencia aunque no sea condena directa al agresor; informe del Ministerio Fiscal o cualquier documento de certificación expedido por las administraciones competentes.

 

Compatibilidad de la RAI

  • La Renta de Inserción Activa es compatible con cualquier beca y ayuda de formación.
  • También se puede compatibilizar esta prestación con el trabajo por cuenta ajena si es a tiempo parcial, aunque la ayuda se minimizaría según el tiempo de trabajo.

Incompatibilidad de la RAI

No se podrá compatibilizar esta ayuda con el cobro de las siguientes prestaciones:

  • Prestación por desempleo
  • Subsidio por desempleo
  • Renta agraria

Tampoco será compatible la RAI con trabajos a tiempo completo que superen el 75% del SMI.

Ayudas después de la RAI

Una vez que hayas agotado la prestación de la RAI porque se hayan dejado de cumplir los requisitos o bien porque se haya solicitado tres veces beneficiándose así de los 33 meses que ofrece como máximo puedes optar por solicitar las siguientes ayudas para víctimas de violencia de género:

  • Ayuda de Pago Único
  • Ayuda por cambio de domicilio
  • Otras ayudas gestionadas por los Servicios Sociales de su Comunidad Autónoma

Ayuda de pago único contra la violencia de género

La ayuda de pago único, destinada a mujeres maltratadas está regulada por la Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género.

La persona beneficiaria ha de tramitarla a través de los Servicios Sociales de su Comunidad Autónoma.

Cuantía del pago único

El importe del pago único equivaldrá a 6 meses de subsidio que se irá incrementado por cargas familiares o por tener reconocimiento de discapacidad la víctima de violencia machista o alguno de los familiares que tenga a su cargo.

La cuantía de esta ayuda aumentará a los 12 meses por alguno de estos dos motivos:

  • Víctima con hijo a cargo u otro familiar.
  • Víctima sin hijos a cargo, tenga discapacidad mayor o igual a 33%.

La cuantía de esta ayuda aumentará a los 18 meses por alguno de estos dos motivos:

  • Víctima con dos o más hijos o familiares a cargo, también contarán los menos acogidos.
  • La víctima o persona a la persona a cargo, tenga una discapacidad mayor o igual a 33%.

La cuantía de esta ayuda aumentará a los 24 meses por alguno de estos tres motivos:

  • Víctima con dos o más familiares o menores acogidos/as, o un familiar y un menor acogido/a a su cargo y una discapacidad igual o superior al 33 % ella o alguna de las personas dependientes.
  • Si la víctima de violencia machista con responsabilidades familiares o el familiar o menor acogido/a con el que convive tiene reconocido un grado de discapacidad igual o superior al 65 %.
  • Si la víctima de violencia machista y el familiar o menor acogido/a con el que convive tiene un grado de discapacidad igual o superior al 33 %.

¿Cuánto tardan en ingresar el pago único?

El plazo de resolución es de 3 meses, si existiera silencio administrativo se considera que la ayuda está rechazada.

Plazo de presentación de la ayuda de pago único

Como hemos mencionado antes la competencia de esta ayuda es de cada Comunidad Autónoma, pero en general están abiertas durante todo el año para que la pueda solicitar en cualquier momento.

Requisitos para solicitar la ayuda de pago único

Dependerá de cada Comunidad Autónoma pero por lo general los requisitos consisten en:

  • Ser residente en la Comunidad Autónoma que se solicita.
  • Acreditación de condición de Víctima de Violencia de Género.
  • Carencia de rentas superiores al 75% del SMI actual (sin contar pagas extraordinarias).
  • Dificultades para obtener un empleo.
  • No haberse beneficiado antes de la ayuda.

Para conocer los detalles de los requisitos acceda al enlace de su Comunidad Autónoma del apartado Dónde Solicitar la Ayuda de Pago Único

Dónde Solicitar la ayuda de pago único por Comunidades

Comunidad AutónomaDónde Solicitar
AndalucíaSolicitar Ayuda Pago Único en Andalucía
AragónSolicitar Ayuda de Pago Único en Aragón
Principado de AsturiasSolicitar Ayuda de Pago Único en Asturias
Islas BalearesSolicitar Ayuda de Pago Único en Islas Baleares
CanariasSolicitar Ayuda de Pago Único en Canarias
CantabriaSolicitar Ayuda de Pago Único en Cantabria
Castilla y LeónSolicitar Ayuda de Pago Único en Castilla y León
Castilla-La ManchaSolicitar Ayuda de Pago Único en Castilla-La Mancha
CataluñaSolicitar Ayuda de Pago Único en Cataluña
Comunidad Valencia Solicitar Ayuda de Pago Único en la Com. Valenciana
ExtremaduraSolicitar Ayuda de Pago Único en Extremadura
GaliciaSolicitar Ayuda de Pago Único en Galicia
Comunidad de MadridSolicitar Ayuda de Pago Único en la Com. de Madrid
Región de MurciaSolicitar Ayuda de Pago Único en la Región de Murcia
Comunidad Foral de NavarraSolicitar Ayuda de Pago Único en Navarra
País VascoSolicitar Ayuda de Pago Único en el País Vasco
La RiojaSolicitar Ayuda de Pago Único en La Rioja
Ciudad Autónoma de CeutaSolicitar Ayuda de Pago Único en Ceuta
Ciudad Autónoma de MelillaSolicitar Ayuda de Pago Único en Melilla

Ayudas por cambio de domicilio

Si a consecuencia de su situación de víctima de violencia de género tiene que cambiar de domicilio a usted le pertenece también una ayuda económica y complementaria de 1.278 euros.

Solicitar ayuda por cambio de residencia

Podrá gestionar esta ayuda mediante la sede electrónica del sepe, en la oficina más cercana del Servicio Público de Empleo y otras administraciones que tengan este convenio.

Cómo acreditar la condición de víctima de violencia de género

Para la obtención de ayudas y recursos es requisito fundamental será la acreditación de condición de víctima de violencia de género.

Este documento se acredita a través de una sentencia de condena por un delito de violencia de género, orden de protección u otra resolución de medida cautelar a favor de la víctima.

También puede acreditarse por informe del Ministerio Fiscal que indique la existencia de indicios de que la demandante es víctima de violencia de género o por un informe de servicios sociales o de acogida.

Pinche en este enlace para ver los organismos competentes que acreditan la situación de Violencia de Género

Toda las dudas que le surjan puede dejárnosla en los comentarios de este post o, a continuación le dejamos el número de teléfono contra la violencia de género y el número del Instituto de la Mujer.

¿Cuándo se pierde cuando se pierde la condición de víctima de violencia de género?

La condición de víctima de violencia de género no se pierde, aunque el individuo agresor cumple el totalidad de la condena, ni por el fallecimiento de éste. La condición de víctima de violencia de género es una propiedad.

¿Qué se considera violencia de género?

La violencia de género, recogida en el BOE, articulo 1º de la Ley Orgánica 1/2004, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género.

Se considera que existe violencia de género cuando un hombre ejerce cualquier tipo de violencia física, psicológica y/o agresión a la libertad sexual.

No es necesario que exista ningún vínculo entre el hombre y la víctima, ni convivir juntos para considerarlo violencia de género.

Se entiende como agresión a la libertad sexual:

  • Amenazas
  • Coacciones
  • Privación de libertad

Se entiende por violencia física:

  • Bofetadas
  • Palizas
  • Golpes
  • Heridas
  • Fracturas
  • Cualquier otro acto violento físicamente hablando del hombre frente a la mujer.

Se entiende por violencia psícológica:

  • Amenazas
  • Humillaciones
  • Exigencia de obedencia
  • Insultos
  • Degradaciones
  • Cualquier hecho que desvalore a cualquier mujer.

Se entiende por violencia sexual:

Cuando un hombre le imponea cualquier mujer una relación sexual sin previo consentimiento y contra su libertad.

¿Qué se considera violencia doméstica?

Se entiende por violencia doméstica, en el hogar o intrafamiliar a la violencia que produce por una persona agresora a descendientes, ascendientes o hermanos, ya sean por naturales, adoptados, o por afinidad, tanto del cónyuge, como del conviviente. También se incluyen personas con especial vulnerabilidad o cualquier persona amparada por la relación que se integre en el núcleo familiar o de convivencia.

La violencia doméstica está regulada por la Ley Orgánica 27/2003, de 31 de julio, reguladora de la Orden de protección de las víctimas de la violencia doméstica

Preguntas Frecuentes – FAQ

¿Si cobro la RAI cotizo a la Seguridad Social?

Durante la percepción de la Renta Activa de Inserción el Servicio Público de Empleo Estatal ingresará las cotizaciones a la Seguridad Social correspondientes a las prestaciones de asistencia sanitaria y, en su caso, protección a la familia. Pero no cotiza por jubilación, IT, ni desempleo…por lo que su duración no puede acreditarse de cara a futuras prestaciones

¿Puedo pedir una excedencia por ser víctima de violencia de género?

Técnicamente no está considerada como una excedencia pero sí existe la suspensión temporal de la relación laboral reservando su puesto de trabajo.

Si estoy trabajando y soy víctima de violencia de género, ¿puedo dejar el trabajo?

La persona que sufra violencia de género puede suspender temporalmente su relación laboral durante un periodo de 6 meses. Se le reservará el puesto de trabajo. Si una autoridad judicial acredita la necesidad de mantener la relación laboral suspendida para garantizar su protección y seguridad puede prorrogarlo 3 meses, sucesivamente hasta los 18 meses.

También puede extinguir definitivamente la relación laboral.

Si extingue o suspende la relación laboral de ninguna manera afectará a cobrar la prestación o subsidio por desempleo ya que se considera situación de desempleo involuntario.

Si estoy trabajando, ¿qué ayudas puedo solicitar?

Siempre y cuando no supere el 75% del SMI puede compatibilizar la prestación de la RAI con un trabajo a jornada parcial por cuenta ajena.

¿Existe la violencia de género contra el hombre?

No. La violencia que sufre un hombre está considerada violencia doméstica, recogida en la Ley 27/2003, de 31 de julio, reguladora de la Orden de protección de las víctimas de la violencia doméstica

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Comentarios (2)

Soy madre monoparental con violencia de género orden de alejamiento en vigor y con un hijo de 12 años con un 36% de minusvalía tengo reconocida la renta vital con 34€ mensuales y no veo forma de k revisen mi caso pues llevo un año sin cobrar absolutamente nada y e pensado en la raí k jamás la pedí , cuánto cobraría ? Gracias

Responder

Hola, Norberta, lo siento, pero no puedo proporcionarte una cifra exacta de cuánto podrías cobrar en la ayuda RAI (Renta Activa de Inserción) ya que depende de diversos factores, como tu situación económica y familiar, tu lugar de residencia y las circunstancias individuales de tu caso.

Te recomendaría que te pongas en contacto con el servicio de atención al ciudadano de tu ayuntamiento o con la entidad encargada de gestionar esta prestación en tu comunidad autónoma. Ellos podrán informarte de manera más detallada sobre la cuantía de la ayuda RAI y sobre los requisitos para acceder a ella. Además, te recomendaría que solicitaras una revisión de tu caso para ver si tienes derecho a percibir una prestación mayor.