
Las gafas graduadas o lentillas son un bien de primera necesidad. Lo cierto es que un tercio de las personas en el mundo usan lentes y gastan en ellas una media entre 200 y 600 euros. Hoy le presentamos la prestación de muface para gafas con la que conseguirá un buen descuento. Repasemos los requisitos, cuantía y cómo solicitarla:
CONTENIDO DE ESTE ARTÍCULO
¿De qué trata la ayuda económica para gafas?
Esta prestación complementaria se hace cargo de los gastos de algunos tipos de lentes.
- Si usted necesita esta ayuda para obtener unas gafas se le otorgará unas gafas como límite por beneficiario y año natural.
- Si usted solicita esta ayuda para la obtención de uno de los tipos de lentillas o sustituir los cristales de las gafas se le otorgará dos lentillas o la sustitución de dos cristales como límite por persona y año natural.
- Las lentillas desechables solo la podrá solicitar una vez.
- La ayuda para lentilla es incompatible con la ayuda de lentillas desechables.
Estas restricciones no se aplican para lentes terapéuticas. En este caso debe presentar el informe del oftalmólogo con la debida prescripción cada vez que solicite la prestación.
Solicitar la prestación a través de la mutua MUFACE
¿Qué cubre esta ayuda y cuál es la cuantía?
PRODUCTO | Cuantía |
---|---|
Gafas (de lejos o cerca) | 20 € |
Gafas bifocales/progresivas | 30€ |
Sustitución de cristal (de lejos o cerca) | 10€ |
Sustitución de cristal bifocal/progresivo | 15 € |
Lentillas | 20 € |
Lentillas desechables (ayuda anual) | 30 € |
Lente terapéutica | 40 € |
Ayudas ópticas para baja visión | 180 € |
Ayudas prismáticas para alteraciones severas de la motilidad ocular | 80 € |
Beneficiarios y requisitos de la ayuda para comprar gafas de muface
Se podrán beneficiar de esta ayuda para comprar gafas graduadas y otros tipos de lentes las personas que estén dadas de alta en la mutua MUFACE que cumplan los siguientes requisitos:
Para todas las ayudas oculares de muface se requerirá aportar factura de la óptica o comercio autorizado, reuniendo todos los requisitos legales, figurando el concepto, precio, constancia de pago o recibo que lo demuestre.

Beneficiarios de lentes terapéuticas
Personas con agudeza visual igual o inferior a 0,3 con corrección en el mejor ojo o un campo de visión inferior a 10º, se requerirá informe del oftalmólogo y se otorgarán hasta 360 € por beneficiario y año natural.
Beneficiarios de ayudas primáticas
Se requerirá informe de oftalmología con su correspondiente diagnóstico y prescripción cada vez que solicite la prestación. Se otorgará como límite 160 € por beneficiario y año natural.
¿Cuándo prescribe esta ayuda?
Usted tendrá derecho al reconocimiento de las prestaciones económicas durante un periodo de cinco años, que empiezan a contar a partir del día siguiente de la emisión de la factura de compra de su lente.
También, si usted ha comprado unas lentes de contacto y después de un tiempo (hasta 5 años) encuentra la factura y es beneficiario de esta prestación podrá presentar la solicitud junto a la factura y el informe del especialista para obtener la cuantía que le corresponda.
¿Cómo solicitar la prestación?
Para solicitar la ayuda para comprar gafas el canal habilitado para ello es:
A través de la sede electrónica de MUFACE
Si usted es jubilado, mutualista voluntario o beneficiario con título propio puede presentarlo:
De manera presencial en horario de atención al público. Comprueba la oficina más cercana aquí
Mediante Correo Postal introduciendo el modelo de solicitud, la factura y documentación requerida en un sobre enviado a MUFACE (servicio provincial que le corresponda)
EXCEPCIÓN MARZO 2021
Con el fin de evitar situaciones de riesgo a personas vulnerables frente a la COVID-19 los mutualistas jubilados, voluntarios y beneficiarios a título propio deben tramitar la solicitud de ayudas oculares durante el mes de marzo por estos canales:
Correo Postal: Introduciendo el modelo de solicitud, la factura y documentación requerida en un sobre enviado a MUFACE (servicio provincial que le corresponda)
Sede Electrónica de MUFACE: a través del sistema Cl@ve, certificado digital o DNI electrónico. (Para registrarse en Cl@ve haga click aquí)
Normativa que regula la prestación
Puede consultar otras ayudas muface complementarias y de asistencia sanitaria aquí
Solicitar la prestación a través de ISFAS
Beneficiarios y requisitos de la ayuda para comprar gafas de ISFAS
Se beneficiarán de esta prestación las personas que pertenezcan al Instituto Social de las Fuerzas Armadas.
Para todas las ayudas oculares se requerirá aportar factura de la óptica o comercio autorizado, reuniendo todos los requisitos legales, figurando el concepto, precio, constancia de pago o recibo que lo demuestre.
Producto | Cuantía |
---|---|
Gafas (de lejos o cerca) | 42 € |
Gafas bifocales/progresivas | 84€ |
Sustitución de cristal (de lejos o cerca) | 15€ |
Sustitución de cristal bifocal/progresivo | 36 € |
Lentilla | 33 € |
Lentillas desechables | 66 € |
Lente terapéutica | 62 € |
Ayudas ópticas para baja visión | 180 € |
Sustitución de cristal telelupa | 40 € |
Técnicas de Cirugía Refractiva (tratamiento de cada ojo) | 50% del coste del tratamiento (límite de 200 €) |

Beneficiarios de ayudas para gafas o lentillas
Las personas beneficiarias de la prestación para la compra de gafas o lentillas debe precisar de una graduación minima de 0,5 dioptrías.
Beneficiarios de ayudas ópticas de baja visión
Personas con agudeza visual igual o inferior a 0,3 con corrección en el mejor ojo o un campo de visión inferior a 10º, se requerirá informe del oftalmólogo.
Beneficiarios de ayudas de cirugía refractiva
Beneficiarios con defectos de refracción estabilizados, mayores de 21 años, y con una correción de 4 dioptrías o más.
Si el beneficiario tiene un defecto combinado (en ambos ojos) el defecto más Cuando exista un defecto combinado el defecto más grave tendrá que contar con el límite de 4 dioptrías como mínimo.
¿Cuándo prescribe esta ayuda?
Usted tendrá derecho al reconocimiento de las prestaciones económicas durante un periodo de cinco años, que empiezan a contar a partir del día siguiente de la emisión de la factura de compra de su lente.
También, si usted ha comprado unas lentes de contacto y después de un tiempo (hasta 5 años) encuentra la factura y es beneficiario de esta prestación podrá presentar la solicitud junto a la factura y el informe del especialista para obtener la cuantía que le corresponda.
¿Cómo solicitar la ayuda para comprar gafas?
Para solicitar la ayuda para comprar gafas el canal habilitado para ello es:
A través de la Sede Electrónica del ISFAS
Preguntas Frecuentes sobre Prestaciones Oculares – FAQ
¿Puedo compatibilizar una ayuda para comprar gafas graduadas con otra para lentillas desechables?
No. Las prestaciones para comprar gafas, cambiar sus cristales u obtener lentillas de cualquier tipo son incompatibles entre sí, es decir, no podrás solicitar o combinar dos ayudas en el mismo año.
Me he comprado unas gafas de lejos y voy a solicitar la prestación de MUFACE. ¿Necesito la graduación del oftalmólogo?
No. Para la primera solicitud de ayudas económicas ópticas para baja visión solo deberá presentar la solicitud junto con el informe del especialista en oftalmología. La graduación se requiere si usted solicita en esta ayuda las lentes terapéuticas y las ayudas prismáticas.
Hace dos años compré unas lentillas, no pedí la prestación en aquel momento, pero ahora he encontrado la factura. ¿Tengo derecho a la ayuda?
Sí. Como hemos mencionado anteriormente las prestaciones oculares muface prescriben a los cinco años a partir de la fecha de emisión de la factura.
La cuantía de la ayuda será la establecida en el momento de pedir la prestación.