
Si eres desempleado y quieres emprender puedes acogerte a la modalidad de pago único del paro para montar una empresa. De esta manera, cobrarás todo lo que te pertenezca de prestación por desempleo de golpe para ayudarte a arrancar tu nuevo negocio.
CONTENIDO DE ESTE ARTÍCULO
Incompatibilidad de capitalizar tu prestación
No podrán solicitar la capitalización del paro:
- Si van a ser autónomos dependientes.
- Desarrollar la actividad en cooperativas.
- Desarrollar la actividad en sociedad laboral ya creadas.
- No haber cobrado este beneficio en los cuatro años anteriores.
Obligaciones si vas a capitalizar el paro
- Invertir totalmente la cuantía del pago para gastos de la puesta en marcha y el desarrollo de la actividad por cuenta propia, incluyéndose las cargas tributarias.
- También podrá invertir el dinero del pago único del paro para pagar la cuota de autónomo.
- Aportación de la cuantía a una sociedad mercantil de nueva creación o con una antigüedad máxima de 1 año.
- Cotizar como autónomo.
Compatibilidad de capitalización del desempleo
Puede compatibilizar el alta de autónomos y seguir cobrando el paro.
Si su función a desarrollar es el de autónomo societario también serán compatibles el paro con el régimen especial de autónomos.
¿Cuándo se puede capitalizar el paro?. Requisitos para el pago único de desempleo
- Tener derecho a la prestación contributiva por desempleo.
- Que le queden por recibir al menos 3 meses de paro (o seis en el caso de prestación por desempleo de autónomos).
- Desarrollar la actividad un mes después desde la aceptación del pago.
Documentación necesaria para presentar solicitar el pago único por desempleo
- Formulario de solicitud cumplimentado.
- Documento Nacional de Identidad (DNI) o pasaporte.
- Personas extranjeras con residencia legal en España:
- Nacionales de la Unión Europea: Certificado de registro de ciudadano/a de la Unión Europea en el que consta el NIE, junto con el pasaporte o documento identificativo en su país de origen.
- No nacionales de la Unión Europea: Tarjeta de Identidad de Extranjero/a (TIE) en la que consta el NIE, y el pasaporte.
- Memoria del proyecto de la actividad que vaya a desarrollar y la justificación de inversión, salvo que se solicite exclusivamente la modalidad de subvención de cuotas a la Seguridad Social.
Dependiendo de la actividad a desarrollar:
- Si va a desarrollar una entidad mercantil
- En el caso de que la persona trabajadora pretenda su incorporación a una sociedad mercantil constituida en los últimos doce meses
- Si se pretende constituir una cooperativa o sociedad laboral
- Incorporación a una cooperativa o sociedad laboral ya constituidas
- Si va a desarrollar una actividad autónoma
Solicitud pago único del Sepe y documentos descargables
Presentación de solicitud del pago único
Podrá entregar la solicitud y sus anexos a través de uno de los siguientes canales:
- Sede electrónica del SEPE.
- Oficina de prestaciones (mediante cita previa en la sede electrónica del SEPE).
- En cualquier oficina de registro público.
- Por correo administrativo.
Cálculo del pago único detallado
Los primeros 6 meses el pago es del 70% de la base reguladora (base de cotización por contingencias profesionales). El resto del periodo al que tuviera derecho por dicha prestación se cobra al 60%.
La Ley 11/2020, LPGE para 2021, fija el IPREM en 18,83€/día, 564,90€/mes, 6.778,80€/año (7.908,60€/año cuando la referencia al SMI fue sustituida por el IPREM e incluyan las pagas extra).
El IPREM ajustado en 1/6 = 564,90 + 1/6 = 659,05 €
Por tanto, tomando como fuente los datos de la administración pública, los importes máximos y mínimos son:
Cuantía mínima del pago único
- El 80% del IPREM ajustado si no tiene hijos = 527,24 euros
- El 107% del IPREM ajustado si tiene uno o más hijos =705,18 euros.
Cuantía máxima del pago único
- Si no tiene hijos el máximo va a ser 175% del IPREM
- Si tiene un hijo la cuantía máxima será el 200% del IPREM ajustado = 1.318,10 euros
- Si tiene dos o más hijos el pago máximo será el 225% del IPREM ajustado = 1.482,86 euros.
Estas cuantías corresponden a jornada completa, por lo que en caso de haber tenido un trabajo a tiempo parcial, los importes máximo y mínimo se ajustarán en función de las horas trabajadas.
La prestación es incompatible con el trabajo por cuenta ajena o cuenta propia, salvo los supuestos compatibles con el trabajo por cuenta propia, o su disfrute a tiempo parcial (ajustando las cuantías y sus topes a la jornada reducida). Está sujeta a retención IRPF y cotización a la Seguridad Social.
Se aplaza por disfrute de vacaciones, salarios de tramitación, o prestación de IT y maternidad.
Para más información puede ser atendido atendido telefónicamente, para ello, haga click en el siguiente botón y busque en el listado el número de atención a la ciudadanía de su provincia:
También puede ver más detalles sobre el pago único del paro en la página del SEPE:
PREGUNTAS FRECUENTES – FAQ
¿Cuánto tarda el pago único del paro?
El pago único por desempleo suele demorarse una media de un mes a contar a partir de su solicitud. El servicio publico de empleo español (SEPE) cuenta con 15 días para dictar una resolución y 10 días más para materializarla.